CBAM ¿Qué es y como te afecta el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono?

«Europa no es más verde, simplemente ha exportado su contaminación a países en vías de desarrollo» Este ha sido un argumento muy sonoro en los últimos años, donde los países europeos sacan a relucir sus números en mejoras ambientales y sociales.

En respuesta a este dilema, la UE ha puesto en marcha el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM por sus siglas en inglés) con el fin de evitar que las empresas contaminantes se aprovechen de las diferencias en las políticas climáticas entre países. El CBAM busca establecer unas condiciones de competencia equitativas entre los productores de la UE y de terceros países, fijando un precio al carbono emitido durante la producción de determinados bienes intensivos en carbono.

A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta nueva medida.

¿Qué es el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y cómo funciona?

El CBAM o Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono nace con el objetivo es evitar la llamada «fuga de carbono», que se produce cuando las empresas de la UE trasladan su producción a países con políticas climáticas menos estrictas o cuando los productos de la UE son sustituidos por importaciones más contaminantes. Viene regulado por el Reglamento 2023/956, de 10 de mayo de 2023.

Con esto, se pretende establecer unas condiciones de competencia equitativas entre los productores de la UE y de terceros países, fijando un precio al carbono emitido durante la producción y eliminando progresivamente la asignación gratuita de derechos de emisión a la industria europea.

El CBAM se aplicará a la importación de determinados bienes procedentes de fuera de la UE, que se consideran altamente expuestos al riesgo de fuga de carbono (cuando empresas trasladan la producción contaminante a otros países con políticas climáticas más laxas), o cuando los productos de la UE son sustituidos por importaciones más intensivas en carbono.

Los bienes afectados por el CBAM son los siguientes:

  • Productos de hierro y acero
  • Aluminio
  • Cemento
  • Fertilizantes
  • Electricidad

El CBAM entró en vigor el 16 de mayo de 2023 y empezará a aplicarse de forma transitoria el 1 de octubre de 2023. Ello supone que los importadores a quienes os aplique este régimen, deberéis presentar vuestro informe de datos antes del próximo 29 de febrero de 2024.

Una vez entre en vigor, el sistema obligará a los importadores de bienes de la Unión Europea a comprar certificados equivalentes al precio del carbono que pagarían si se hubiesen producido en Europa, bajo las normas de fijación de precios del carbono de la UE.

 

¿Cómo afecta a las empresas españolas el CBAM?

El Reglamento aprobado prevé una fase de transición que comenzó el 1 de octubre del 2023 y finalizará al final de 2025. El objetivo de esa fase es servir de periodo de prueba para recabar la mayor información posible sobre las emisiones de gases causadas directa o indirectamente por sus importaciones, que permitirá a la Comisión perfeccionar el sistema y métodos de aplicación.

Una vez el mecanismo entre plenamente en vigor el 1 de enero de 2026, los importadores estarán obligados a declarar anualmente (en mayo del año siguiente) la cantidad de bienes importados en la UE y sus GEI correlativos para, a continuación, entregar el número correspondiente de certificados CBAM que hayan adquirido para tener derecho a importar esos productos.

La Comisión creará una plataforma común central para él cálculo de precios, subasta de derechos y compraventa de los certificados CBAM. El precio de los certificados CBAM se calculará tomando como base el precio de los derechos de emisión CO2. Se pretende armonizar la introducción de los certificados CBAM con la retirada de la entrega gratuita de derechos de emisión durante el periodo 2026-2034.

El importador a los efectos del CBAM debe estar establecido en la UE y habilitado como declarante autorizado. La Comisión ha creado un registro CBAM con ese propósito y tendrá una cuenta asignada para que los importadores comiencen a presentar sus primeros informes de datos, con plazo hasta el 29 de febrero de 2024.

Posteriormente tendrán que presentar a la finalización de los trimestres, informes detallando sus mercancías importadas en el mismo y la cantidad de emisiones de CO2 que sus proveedores hayan podido emitir, por lo que en ese sentido habrá que concienciar y aleccionar a los mismos para que vayan acostumbrándose a ir facilitando esa información, valorando incluso incorporar clausulas en ese sentido en los contratos. 

Resumen de requisitos para las empresas

En resumen, estas son las gestiones a realizar en las empresas aplicantes:

En el periodo transitorio (entre octubre 2023 y 1 de enero de 2026):

  • Estar inscritos en el registro transitorio CBAM (Portal de la UE)
  • Presentar informes trimestrales comprendiendo todo el periodo transitorio, datos incorrectos o suvno presentación puede ser sancionable.

A partir de 2026:

  • Estar autorizado por la autoridad competente (Ministerio de Transición Ecológica)
  • Adquirir certificados CBAM previos a la importación por el valor de las emisiones de los productos a importar.
  • Presentar declaración CBAM anualmente (31 mayo de cada año)

Para dar el primer paso y registrarse, deberán acudir al portal CBAM.

Una vez registrados tendrán la obligación durante el periodo transitorio de presentar informes donde suministrarán información de sus mercancías CBAM importadas y sus emisiones implícitas sin pagar en este periodo el ajuste financiero derivado de las emisiones.
 
El total de esas emisiones deberá indicarse por defecto, pero inicialmente para esos valores podrán indicar que el cálculo se haga automáticamente y para el mismo tomarán como referencia bien las toneladas para las mercancías convencionales o megavatios/hora en caso de electricidad.

Implicaciones en la industria española

Por un lado, el CBAM puede beneficiar a las empresas españolas que producen bienes intensivos en carbono, ya que les permitirá competir en igualdad de condiciones con los productores de terceros países que no tienen que asumir el coste de sus emisiones. Además, el CBAM puede estimular la innovación y la inversión en tecnologías limpias, lo que puede mejorar la eficiencia y la competitividad de las empresas españolas a largo plazo.


Sin embargo, el CBAM puede suponer un coste adicional para las empresas que importan bienes intensivos en carbono de terceros países. Esto puede ser un riesgo comercial  para empresas que dependen de materias primas o insumos energéticos importados, como el acero, el aluminio, el cemento o la electricidad. 

Ello puede implicar sustituir las materias primas importadas por productos locales o de, lo que puede favorecer la relocalización de la producción y el consumo. Pero continúa existiendo una vulnerabilidad frente a empresas extranjeras competidoras, para vender en mercados donde no existe el mecanismo del CBAM.

En cualquier caso, el Mecanismo de Ajuste en frontera supone un incentivo para evitar la fuga del carbono y promover la transición ecológica hacia una economía menos dependiente de los combustibles fósiles.

Una ventaja adicional de las empresas europeas continuarán siendo las políticas y los fondos europeos y de los PERTE, que ofrecen oportunidades de financiación y cooperación para impulsar proyectos de descarbonización en la producción de las empresas.

Si en vuestra empresa es de aplicación esta normativa y tenéis más dudas o necesitéis ayuda para preparar la documentación requerida, no dudes en contactarnos sin compromiso en info@mentea.es o en el formulario que aparece a continuación. Estaremos encantados de ayudaros.

    Acepto recibir otras comunicaciones de Mentea

    Acepto permitir a Mentea almacenar y procesar mis datos personales

    es_ESSpanish